El Congreso del Estado de Hidalgo aprobó por unanimidad, el 9 de diciembre, la reforma al artículo 141 Bis de la Ley para la Familia. Con esta modificación, el Registro de Deudores Alimentarios Morosos será público, una medida que busca fortalecer la protección de niñas, niños y adolescentes frente a la violencia económica derivada del incumplimiento de pensiones alimenticias.
En La Opinion de Hidalgo te compartimos los detalles.
¿Quiénes serán inscritos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos?
La reforma establece que cualquier persona obligada a proporcionar pensión alimenticia que acumule 90 días de incumplimiento —consecutivos o no dentro del mismo año— será inscrita en el Registro, a menos que acredite estar al corriente o liquide el adeudo. Una vez confirmado el incumplimiento, la o el juez de lo familiar deberá ordenar la inscripción de manera inmediata.
La diputada de Morena, Alma Rosa Elías Paso, destacó que este procedimiento permitirá agilizar la identificación de personas deudoras y reforzar el cumplimiento de obligaciones alimentarias.
Legisladoras destacan avances contra la violencia económica
La diputada Tania Meza Escorza, impulsora de la iniciativa, afirmó que la reforma visibiliza una problemática históricamente relegada al ámbito privado: la violencia económica contra quienes dependen de la pensión para su alimentación, salud y desarrollo. Señaló además que entidades como Oaxaca, Coahuila, Puebla y Ciudad de México cuentan con registros públicos similares, los cuales han reducido la impunidad y mejorado la protección de derechos de la niñez.
Registro público sin vulnerar datos personales
El Registro de Deudores Alimentarios Morosos será accesible al público, pero su operación se realizará bajo estrictos lineamientos de protección de datos personales. La información publicada cumplirá con las normas aplicables para garantizar seguridad y privacidad.
